Prestaciones
Dos prestadores
El régimen instaurado por la
Ley 16.713 del 3 de setiembre de 1995, en tanto es mixto, recibe las contribuciones y paga las prestaciones en forma combinada. En efecto, las prestaciones serán pagadas por una parte por el Banco de Previsión Social (régimen de solidaridad intergeneracional) y otra parte por una empresa aseguradora (régimen de ahorro individual).
Tipos de prestaciones del Régimen de Ahorro Individual
Seguidamente se describen las prestaciones del régimen de ahorro individual exclusivamente,las brindadas por el Régimen de Solidaridad Intergeneracional se pueden obtener en la página del Banco de Previsión Social
www.bps.gub.uy