Fondo monetario Internacional (FMI)


fmi.jpg1) Carácter de la organización: Uruguay lo integra desde el 11 de marzo de 1946. Convenio constitutivo:
Texto del convenio constitutivo

2) Funcionarios en los que recae la representación del BCU: Resolución del Presidente de la República de 24 de marzo de 2020​. Designa como Gobernador Alterno ante el FMI al economista Diego Labat y como Gobernadora Titular, a la economista Azucena Arbeleche​​​

3)Cometidos de la organización: El principal propósito del FMI consiste en asegurar la estabilidad del sistema monetario internacional, es decir el sistema de pagos internacionales y tipos de cambio que permite a los países (y a sus ciudadanos) comprar y vender bienes y servicios entre ellos. Esto es esencial para un crecimiento económico sostenible, ya que mejora los niveles de vida y alivia la pobreza. 

4) Tipo de representación que el País tiene: Dado que el Presidente del Banco es el Gobernador del F.M.I. por Uruguay, tiene participación en: 

• Asamblea de Gobernadores
• Comité Monetario y Financiero Internacional
• Participación en las reuniones de la Jurisdicción que integra Uruguay y conformación del equipo técnico que trabaja en Washington.
• Secretaría de la Jurisdicción en el Fondo Monetario Internacional y el Banco Mundial. Desde 1990 el Secretario General del Banco Central tiene a su cargo la Secretaría de la Jurisdicción (“silla”), integrada por Argentina, Bolivia, Chile, Paraguay, Perú y Uruguay en el FMI y en el Banco Mundial. Sin perjuicio del ejercicio de tal cometido, merece destacarse su participación en los acuerdos decenales de distribución de cargos y en su ejecución bienal y seguimiento para la designación de Directores Ejecutivos (ver actual distribución de cargos y comités, período 2010-2020)

5) Proceso de definición del voto: Estatutos y Reglamento del FMI: Estatutos y Reglamentos del FMI

Proceso de nominación acordado en la Jurisdicción: ver reglamento


Corporación Andina de Fomento (CAF)


caf.jpg1) Carácter de la organización: CAF es un banco de desarrollo constituido en 1970 y conformado en la actualidad por 18 países de América Latina, El Caribe y Europa, así como por 14 bancos privados de la región andina. La incorporación de Uruguay se establece en la Ley 17.427 de 7/12/01

2) Funcionarios en los que recae la representación del BCU: Resolución del Poder Ejecutivo de 24 de marzo de 2020​, designa Directora Titular a la Ministra de Economía y Finanzas economista Azucena Arbeleche​​ y Director Suplente al Presidente del BCU, economista Diego Labat .

3) Cometidos de la organización: La Institución promueve un modelo de desarrollo sostenible, mediante operaciones de crédito, recursos no reembolsables y apoyo en la estructuración técnica y financiera de proyectos del sector público y privado de Latinoamérica. ​

4) Tipo de representación que el País tiene: En función de lo establecido en la Ley 17.427 de 7/12/01: Art. 1º.- Apruébase la incorporación de la República Oriental del Uruguay a la Corporación Andina de Fomento (CAF), de conformidad con el Convenio Constitutivo de la referida institución, cuyo texto original se adjunta como Anexo de la presente ley. Art. 2º.- Las obligaciones que demande la presente ley serán atendidas con recursos propios del Banco Central del Uruguay y formarán parte de su capital. Art. 3º.- El Banco Central del Uruguay realizará las gestiones pertinentes y las operaciones necesarias por cuenta y orden del Estado, para integrar el capital de la Corporación Andina de Fomento (CAF).

​5) Proceso de definición del voto: Reglamento de la CAF