Sociedades Comerciales1- Presentar testimonio notarial de contrato social (y eventuales reformas, cesiones, etc) debidamente inscripto en el Registro de Personas Jurídicas, Sección Comercio y de las publicaciones (del contrato y sus reformas) en Diario Oficial y otro diario (sólo en el caso de sociedades de responsabilidad limitada).
2- Presentar carta de vigencia según modelo sugerido (numeral 7 de Todos los casos).
3- Debe surgir del contrato social (y eventualmente de sus posteriores modificaciones) el total de cuotas sociales y la cantidad correspondiente a cada uno de las o los socios.
4- Presentar testimonio notarial del documento por el cual comunicaron al Registro Nacional de Personas Jurídicas, Sección Comercio, quienes representan a la sociedad, de acuerdo con lo estipulado por la ley 17904 del 7 de octubre de 2005 en sus artículos 13,14 y 15, si correspondiere.
Remitirse a lo previsto en el ítem “Todos los casos".
Los certificados y testimonios notariales referidos podrán elaborarse en soporte notarial electrónico de conformidad con la normativa vigente y enviarse a la casilla de correo electrónico consultasescribania@bcu.gub.uy individualizando en el asunto el nombre de la entidad.