El Poder Legislativo sancionó en ley el proyecto por el que se habilita la digitalización de los cheques y los cheques electrónicos como instrumentos del sistema de pagos.
La actualización legal admite el depósito y la compensación de documentos a través del envío de su imagen digitalizada, así como el libramiento de cheques de manera electrónica, a través del uso de firma electrónica avanzada.
Los documentos electrónicos y los digitalizados tendrán la misma validez y eficacia legal a todos los efectos al momento de realizar el proceso de compensación multilateral en las cámaras de compensación electrónicas.
Esta normativa habilita a que el Banco Central reglamente la aplicación de las disposiciones de la ley que tengan aplicación a los cheques electrónicos.
El BCU regulará el cheque electrónico y el uso de firma electrónica avanzada para su libramiento, de modo que aseguren la exteriorización de la voluntad del librador y la integridad del instrumento.
Asimismo, el articulado prevé que el BCU reglamente la responsabilidad del banco receptor del cheque con relación a los cheques digitalizados.
A su vez, los bancos receptores de cheques cartulares podrán digitalizarlos para su compensación electrónica y serán responsables de que la imagen digitalizada corresponda fielmente al documento cartular.
La propuesta, ahora convertida en ley, forma parte los objetivos de la
Hoja de ruta del Sistema de Pagos en Uruguay dada a conocer por el BCU en octubre de 2020 y que incluía en su agenda la promoción de los cambios legales y reglamentarios necesarios para el funcionamiento de los cheques electrónicos así como la digitalización de cheques.