16 de junio de 2025

La Justicia da por concluido el proceso promovido por el BCU en beneficio de ahorristas del ex Banco Montevideo

La sentencia del 5 de junio de 2025 confirmó el monto de la condena recaída sobre los directores y personal superior de esa institución

La Suprema Corte de Justicia (SCJ) emitió la sentencia que confirmó el monto de la condena recaída sobre los directores y personal superior del ex Banco de Montevideo y, de esa manera, da por concluido el proceso judicial promovido por el Banco Central del Uruguay (BCU) en el año 2004 en beneficio de los ahorristas. 

La sentencia N° 60/2025, del 5 de junio de 2025, confirmó el monto de la condena recaída sobre los directores y personal superior, cuantificando el daño de Juan y Jorge Peirano por el monto de U$S 195.495.664; Dante Peirano por el monto de U$S 199.369.678,78; Rospide por el monto de U$S 10.000.000; Daniko SA por el monto de U$S 318.186; Baystand International por un monto de U$S 4.351.319; Banco Velox U$S 2.665.970,52; y VIC por la suma verificada por su liquidación de U$S 39.227.000; más los intereses desde la demanda. 

Dentro de las operaciones atribuidas a los Peirano se encuentra la responsabilidad por las transferencias efectuadas hacia Trade & Commerce Bank (TCB), en perjuicio de los ahorristas del Banco de Montevideo. 

La SCJ destaca que “los hermanos Peirano deben responder por su propia conducta, por haber incumplido la obligación legal de actuar como buenos hombres de negocios. Las transferencias efectuadas hacia TCB por los hermanos Peirano son imputables a ellos y comprometen su responsabilidad personal”. 

El proceso judicial fue promovido por el BCU en 2004 al amparo del artículo 23 de la Ley 17.613, en beneficio de los ahorristas del ex Banco de Montevideo.