P-PLAZO
0 1 2 3 4 5 6 7 8 9
X                  
 
0 1 5 P 1 0
2 6 7 P 0 0
 
M-MONEDA
1 2 3 4
X X X X
 

CAPITULO:
 
CREDITOS DIVERSOS
 
Grupo:
 
Créditos diversos
 
Cuenta:
 
Deudores por venta de bienes a plazo
 
Subcuenta: 02 Muebles - residentes
03 Muebles - no residentes
04 Inmuebles - residentes
05 Inmuebles - no residentes
94 (Ganancias a realizar por bienes inmuebles vendidos a plazo - residentes)
95 (Ganancias a realizar por bienes inmuebles vendidos a plazo - no residentes)
Descripción:
          En esta cuenta se indica el saldo de precio por ventas a plazo de bienes muebles e inmuebles, propiedad de la empresa, deducidas las ganancias no realizadas. Si previo a la firma de la escritura de compraventa de un inmueble se suscribiera un compromiso de compraventa, que fuera debidamente inscripto en el registro respectivo, se considerará que existe una venta a plazo desde la fecha de inscripción de dicho compromiso.

          En las subcuentas 94 y 95 se indica la diferencia entre el precio de venta y el valor contable de los inmuebles vendidos a plazo, correspondiente a saldos de precio no percibidos.

          Se incluirán exclusivamente los préstamos que cumplan con los criterios establecidos en el punto 1.2 de la Norma Particular 3.8 para la contabilización en cuentas de créditos vigentes, colocación vencida o créditos en gestión, a la fecha de clasificación mensual de la cartera. Transcurrido el plazo indicado en dicha norma para la contabilización en cuentas de créditos en gestión, deberán ser previsionados totalmente con cargo a la cuenta 277P90 "Previsiones para créditos diversos" y transcurridos dos años a partir de su vencimiento deberán ser transferidos a la cuenta 685P00 "Deudores por créditos castigados" del capítulo "Otras cuentas de orden deudoras".

 


10/2006 Actualización N° 168 Serie PC I 109



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