Central de Riesgos - Preguntas frecuentes

​​Si pido un préstamo en una Empresa Administradora de Crédito ¿con que clasificación me puede informar la institución que me otorga el crédito en la Central de Riesgos?

Los préstamos otorgados a personas físicas cuyo objeto es financiar la adquisición de bienes para consumo o el pago de servicios se consideran créditos al consumo. 
Cuando el crédito es al consumo los criterios de clasificación son los siguientes : 
Categoría 1A - Operaciones con garantías autoliquidables admitidas: 
Comprende operaciones totalmente respaldadas por determinadas garantías de muy buena calidad y muy líquidas, de modo que, si el deudor incumple con el repago del préstamo, la institución financiera puede recuperar fácilmente las sumas prestadas a través de la ejecución de la garantía. Es la mejor clasificación que se puede tener en este registro. 
Categoría 1C - Deudores con capacidad de pago fuerte: 
Se trata de clientes con operaciones vigentes o con menos de 10 días de vencidas. 
Categoría 2A - Deudores con capacidad de pago adecuada. 
Son deudores que presentan atrasos mayores o iguales a 10 días y menores a 30 días en sus pagos. 
Categoría 2B - Deudores con capacidad de pago con problemas potenciales 
Son deudores con atrasos mayores o iguales a 30 días y menores a 60 días en sus pagos. 
Categoría 3 - Deudores con capacidad de pago comprometida: 
Son deudores que presentan atrasos mayores o iguales a 60 días y menores a 90 días en los pagos. Asimismo, es la mejor categoría que pueden ser incluidos los deudores con operaciones vigentes que presentan en el resto del sistema operaciones con mala clasificación. 
Categoría 4 - Deudores con capacidad de pago muy comprometida: 
Se trata de deudores que presentan atrasos mayores o iguales a 90 días y menores a 120 días en el pago de sus obligaciones. 
Categoría 5 - Deudores irrecuperables: 
Son deudores que presentan operaciones con atrasos mayores o iguales a los 120 días.​


¿Cuánto tiempo permanece mi información en la Central de Riesgos?

La Central de Riesgos refleja no sólo la información actual sino la información histórica de la persona. Sin embargo, los datos personales relativos a personas físicas solo podrán permanecer inscriptos en la Central de Riesgos por un plazo máximo de quince años contados a partir del vencimiento de la operación.​


En el Banco XXX, me negaron la tarjeta de crédito porque dicen que tengo malos antecedentes en el Clearing, ¿esto tiene que ver con la Central de Riesgo?

Es importante aclarar que la Central de Riesgos no es lo mismo que el Clearing de Informes. La Central de Riesgos es administrada por el Banco Central del Uruguay y se nutre exclusivamente de la información suministrada por las instituciones de intermediación financiera, Empresas Administradoras de Crédito, y Empresas de Servicios Financieros. Por su parte, el Clearing de Informes se nutre de información de los Comercios y de las Instituciones públicas y Privadas que están afiliadas y envían solo datos de incumplimiento, por tanto tiene características distintas a las de la Central de Riesgos


Me negaron un préstamo pequeño en el Banco YYY, debido a que el Banco Central del Uruguay me clasificó en categoría 5, y yo se que no le debo nada. ¿Cómo se soluciona esto?

El Banco Central del Uruguay no clasifica ni asigna categorías, eso lo hacen las instituciones de intermediación financiera, Empresas Administradoras de Crédito, y Empresas de Servicios Financieros, de acuerdo a la información que ellas tienen de la capacidad y de  la voluntad de pago del deudor. No obstante, el Banco Central puede observar la categorización realizada por la institución en caso de que ésta se aparte de lo establecido en la regulación. Sin perjuicio de lo anterior, la normativa no impide que los bancos concedan créditos. Seguramente el  Banco YYY, considerando su propia política de otorgamiento de préstamos, tomó la decisión de no otorgarle el mismo, basado en que hay al menos una institución HHH, que en el último mes lo calificó en la peor categoría. 


En la pantalla de Central de Riesgos que puedo consultar en la web del BCU, figuro con un saldo denominado “CASTIGADO POR QUITAS Y DESESTIMIENTOS” ¿qué significa esto?

Los saldos incluidos en este ítem indican que Ud. ha tenido una quita al momento de cancelar o reestructurar una deuda. Esos importes no son deuda hoy.


¿Cómo puedo hacer  para manifestar que no estoy de acuerdo con la clasificación dada por una institución o con el saldo adeudado? ¿Como puedo manifestar discrepancia con el conjunto económico que aparece en la Central?

Cada institución dispone de un servicio de atención de reclamos y es éste quien debe darle una repuesta justificada dentro de un plazo de 15 días. 

De no recibir una respuesta conforme a sus expectativas, podrá iniciar una denuncia en el Departamento de Conductas de Mercado – Unidad de Atención al Usuario del Sistema Financiero, de la Superintendencia de Servicios Financieros, aportando el reclamo presentado a la institución y la respuesta brindada por ésta a través de los siguientes canales:

En línea: 

Ingresando al link https://www.gub.uy/tramites/denuncias-usuarios-sistema-financiero

Presencial:

• Dirección: Diagonal Fabini 777, Montevideo.

• Planta Baja del Banco Central del Uruguay.

• Horario: de lunes a viernes de 12:00 a 16:00 horas.​


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