Las Empresas de Transferencias de Fondos son aquellas entidades que sin ser instituciones de intermediación financiera, casas de cambio o empresas de servicios financieros, en forma habitual y profesional presten el servicio de recepción y envío de giros y transferencias, domésticas y al exterior, cualquiera sea la modalidad operativa utilizada para ello (transferencias electrónicas, instrucciones por vía telefónica, fax, Internet, etc.).
Estas entidades no requieren autorización previa para funcionar pero sí requieren Inscripción en el Registro . Ver requisitos para la inscripción en el Registro (Art. 120 y siguientes de la RNRCSF).
En estos casos, el enfoque de supervisión está dirigido principalmente a monitorear los sistemas de prevención del uso de las entidades para el lavado de activo y financiamiento del terrorismo, a través de la aplicación sistemática y periódica de una serie de mecanismos de supervisión, donde se busca promover que estas entidades gestionen este riesgo en forma profesional.
Asimismo, se desarrolla una función de protección del usuario financiero a través de la atención de consultas y denuncias recibidas de los mismos.
Ver Lista de Empresas de Transferencias de Fondos inscriptas en los Registros de la Superintendencia de Servicios Financieros.