De acuerdo a lo establecido en el artículo 143.9 de la Recopilación de Normas de Mercado de Valores (RNMV), los profesionales independientes y las firmas de profesionales independientes habilitados a emitir informes en materia de lavado de activos y financiamiento del terrorismo deberán inscribirse en el Registro que lleva el Banco Central del Uruguay para emitir informes que requiera sobre las entidades sujetas a su control. En el caso de las firmas de profesionales independientes se inscribirán además, los socios o directores responsables de la firma y los profesionales designados por ésta para suscribir los informes. Para ello deberán presentar una nota de solicitud y aportar la información que se lista a continuación con el fin de facilitar la verificación del cumplimiento de los requerimientos allí establecidos.
Sin esta información no se puede procesar su solicitud de inscripción.
Se sugiere seguir los siguientes pasos:
1) Leer el formulario con atención y completar el mismo.
2) Imprimir una copia para entregarla conjuntamente con la nota de solicitud, información adicional y formularios de acuerdo al formato establecido en la Comunicación 2009/073.
Acceso a lista de requerimientos