Las Empresas Administradoras de Plataformas de Financiamiento Colectivo ponen en contacto, de manera profesional y habitual, a través de portales web u otros medios análogos, a una pluralidad de personas físicas o jurídicas que ofrecen financiamiento (inversores) con empresas que solicitan financiamiento a través de la emisión de valores de oferta pública (emisores). Se encuentran reservados a emisiones de monto reducido no pudiendo superar 10.000.000 UI (diez millones de unidades indexadas) de acuerdo con lo establecido en el Art 215.4 de la RNMV.
Estas entidades requieren Autorización para funcionar por razones de legalidad, oportunidad y conveniencia por parte de la Superintendencia de Servicios Financieros. Ver requisitos para la autorización (
Art. 59.8 y siguientes de la RNMV).
En estos casos, el enfoque de supervisión está dirigido principalmente a la estabilidad y solvencia de las entidades, en base a la aplicación en forma sistemática y periódica de una serie de mecanismos de supervisión, donde se busca promover que las entidades gestionen sus riesgos en forma profesional, que elaboren reportes financieros en forma oportuna y consistente, que operen en forma prudente y mantengan un adecuado cumplimiento normativo (en particular con las normas de protección al inversor). A través de los procedimientos aplicados, se busca identificar problemas en forma temprana de manera que los responsables de dirigir las empresas tomen las medidas adecuadas para solucionarlos en forma oportuna.
Asimismo, se desarrolla una función de protección del usuario financiero a través de la atención de consultas y denuncias recibidas de los mismos.
Formularios: