Las Sociedades de Participación Estatal son aquellas sociedades comerciales respecto de las cuales un órgano del Estado, incluyendo Entes Autónomos, Servicios Descentralizados o Gobiernos Departamentales o cualquier persona pública no estatal, es tenedora de acciones o es titular de participaciones, cualquiera sea el porcentaje de las mismas dentro del capital social.
Estas entidades no requieren autorización previa para funcionar pero sí requieren Inscripción en el Registro . Ver requisitos para la inscripción en el Registro (Art. 52 de la RNMV).
En estos casos, el enfoque de supervisión se limita a verificar la presentación de la información en el Registro.
Ver Lista de Sociedades de Participación Estatal inscriptas en los Registros de la Superintendencia de Servicios Financieros.