Depositario Central del Valores.
De acuerdo a la Ley 18.627 de Mercado de Valores, las entidades cuyo objeto sea prestar servicios de custodia, liquidación y compensación de valores podrán:
• Recibir depósitos de valores físicos y encargarse de su conservación y custodia hasta la restitución a quien corresponda. A todos los efectos, los valores físicos que custodien se consideran fungibles.
• Llevar a nombre de los emisores los registros de acciones, obligaciones negociables y otros valores y los libros de accionistas y efectuar el registro de transferencias, así como la liquidación y compensación de los valores depositados que se negocien en bolsa y en el mercado extrabursátil.
• Administrar los cobros y pagos de intereses, dividendos y reajustes y amortizaciones de los valores que se encuentren custodiando.
Un Depositario Central de Valores (DCV), es una institución encargada del registro y administración de valores, que permite que las operaciones con los mismos sean procesadas mediante anotaciones en cuenta. Al mantener las cuentas que integran una emisión, el DCV está en excelentes condiciones para realizar tareas de compensación y liquidación.
El interés por impulsar esta condición, radica fundamentalmente en las ventajas que ofrece:
• Mayor agilidad a la hora de realizar transferencias de valores.
• Reducción de recursos de custodia: bóvedas, sistemas anti-fraude, etc.
• Promoción del desarrollo del mercado: préstamo de valores, uso de valores como garantías, mercado de repos, etc.
• Acortamiento del ciclo de liquidación.
• Reducción de riesgos mediante procedimientos de entrega contra pago.
• Mayor eficiencia por economías de escala.
El Banco Central del Uruguay ha desarrollado el servicio de Depositario Central de Valores.
A partir del 02 de enero del 2013 el BCU ha asignado códigos ISIN y CFI a los valores escriturales emitidos por el Estado y regidos por ley nacional. Esta tarea ha recaído en el Depositario Central de Valores, siendo la única entidad autorizada para la asignación de los códigos ISIN (ISO 6166) y CFI (ISO 10962) en el mercado de valores de Uruguay. También asigna la codificación para los valores de oferta pública emitida por empresas públicas o privadas.