P-PLAZO
0 1 2 3 4 5 6 7 8 9
X X                
 
0 1 4 P 1 0
1 8 7 P 0 1
 
M-MONEDA
1 2 3 4
X X X X
 

CAPITULO:
 
CREDITOS VIGENTES POR INTERMEDIACION FINANCIERA - SECTOR NO FINANCIERO
 
Grupo:
 
Préstamos
 
Cuenta:
 
Deudores por créditos documentarios domésticos negociados
 
Descripción:
En esta cuenta se indican los préstamos que forzosamente se deriven de la negociación del crédito documentario doméstico, por no haber provisión suficiente de fondos de parte del comprador, así como las deudas emergentes por vencimiento del plazo obtenido a través de un crédito doméstico diferido sin que el deudor, contabilizado en la cuenta "Deudores por créditos documentarios domésticos diferidos", haya cancelado su obligación.

La cuenta será debitada cuando el banco reciba la documentación negociada y acreditada cuando el deudor cancele efectivamente u obtenga financiación documentada.

Se incluirán exclusivamente los préstamos que cumplan con los criterios establecidos en el punto 1.2 de la Norma Particular 3.8 para la contabilización en cuentas de créditos vigentes, a la fecha de la clasificación mensual de la cartera. A estos efectos, los plazos se contarán a partir de efectuado el pago por la institución financiera. Transcurrido el plazo indicado en dicha norma, se transferirán a la cuenta "Colocación vencida no reajustable".
 


04/2006 Actualización N° 161 Serie PC I 67



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