En custodia en otras empresas de intermediación financiera
Descripción:
Se imputará exclusivamente la existencia de monedas y billetes nacionales y extranjeros en circulación.
Las monedas y billetes nacionales comprenden los emitidos y acuñados en el país.
Las monedas y billetes extranjeros comprenden los emitidos y acuñados por otros países. Se tomarán en cuenta las monedas divisionarias por su valor facial.
En la subcuenta "En custodia en otras empresas de intermediación financiera" se indicarán fondos depositados en otra empresa de intermediación financiera, que los mantiene en custodia. Estos fondos deben estar claramente identificados en el tesoro de la empresa que los custodia.