En esta cuenta se indican las utilidades pagadas por adelantado, en efectivo y en acciones así como los anticipos realizados con destino a la constitución de reservas; en ambos casos se deberá contar con resolución fundada del directorio de la empresa u órgano equivalente.
Se debita cuando se distribuyen las utilidades en forma anticipada.
Se acredita en el momento en que se apruebe la distribución de utilidades del ejercicio económico respectivo.