P-PLAZO
0 1 2 3 4 5 6 7 8 9
X                  
 
0 1 7 P 3 0
3 1 5 P 0 1
 
M-MONEDA
1 2 3 4
  X X X
 

CAPITULO:
 
INVERSIONES
 
Grupo:
 
Otros bienes
 
Cuenta:
 
Sucursales en el exterior
 
Descripción:
          En esta cuenta se indica el capital asignado a las sucursales de la empresa en el exterior. Estas inversiones se consolidan de acuerdo con lo establecido en los artículos 310 y 400.1.1 de la Recopilación de Normas de Regulación y Control del Sistema Financiero.

 
Normas de valuación:
          El capital asignado a las sucursales de la empresa en el exterior se computa en la moneda del país en que se radicaren, salvo la excepción que se establece a continuación.

          Cuando las normas vigentes en el país donde se radicare la sucursal admitan el reembolso de la inversión en una moneda distinta de la local, la referida inversión podrá computarse en dicha moneda. Mensualmente, deberá adecuarse el importe de la inversión en función del arbitraje con la moneda local que se aplique a las remesas por concepto de retorno de inversiones extranjeras, en el país de ubicación de la dependencia.

          El capital asignado se ajustará para:

-reflejar (con contrapartida en la cuenta 818P01 "Sucursales en el exterior" del grupo "Ganancias por otras operaciones" o en la cuenta 795P01 "Sucursales en el exterior" del grupo "Pérdidas por otras operaciones", según corresponda) las utilidades o pérdidas generadas por la sucursal.

-reconocer (con contrapartida en la cuenta 324P00 "Incremento del valor de inversiones por ajustes patrimoniales en sociedades controladas y sucursales" o la cuenta 326P00 "(Disminución del valor de inversiones por ajustes patrimoniales en sociedades controladas y sucursales)", según corresponda, del grupo "Ajustes al Patrimonio") las alteraciones resultantes de cambios en el patrimonio no incluidas en el estado de resultados (revaluación de activo fijo, diferencia por conversión de moneda, etc.).

-reflejar (con contrapartida en la cuenta 264P00 "Utilidades acumuladas" o en la cuenta 270P00 "(Pérdidas acumuladas)", según corresponda, del grupo "Resultados acumulados") los ajustes de los resultados acumulados de la sucursal en aplicación de la Norma Internacional de Contabilidad N° 8.

-reconocer el reembolso de utilidades.

          Al mes siguiente de efectuada la consolidación, la inversión se ajustará -siguiendo el criterio establecido anteriormente- en función del patrimonio resultante de reformular el estado de situación patrimonial de la sucursal de acuerdo con las Normas Contables y Plan de Cuentas para las Empresas de Intermediación Financiera.

 


01/2002 Actualización N° 100 Serie PC I 139



<= Anterior Indice Siguiente=>