P-PLAZO
0 1 2 3 4 5 6 7 8 9
X                  
 
0 1 6 P 4 0
5 0 1 P 0 0
 
M-MONEDA
1 2 3 4
X X X X
 

CAPITULO:
 
CREDITOS VENCIDOS POR INTERMEDIACION FINANCIERA
 
Grupo:
 
Sector público nacional y no nacional
 
Cuenta:
 
Créditos morosos
 
Subcuenta: 02 Sector público nacional- Estado
04 Sector público nacional- Organismos de seguridad social
06 Sector público nacional- Gobiernos departamentales
08 Sector público nacional- Otros integrantes del sector público nacional
03 Sector público no nacional
Descripción:
En esta cuenta se indican los saldos de los préstamos del sector público nacional y no nacional, que cumplan con los criterios establecidos en el punto 1.2 de la Norma Particular 3.8 para la contabilización en cuentas de créditos morosos, a la fecha de clasificación mensual de la cartera.

Transcurrido el plazo indicado en dicha norma, los saldos deberán ser transferidos a la cuenta 685P00 "Deudores por créditos castigados" del capítulo "Otras cuentas de orden deudoras".

 


04/2007 Actualización N° 173 Serie PC I 129.2.3



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