De acuerdo a lo establecido en el artículo 116 de la Recopilación de Normas de Regulación y Control del Sistema Financiero (RNRCSF) a efectos de incorporar los representantes al Registro, las instituciones a ser representadas deberán requerir la inscripción en la Superintendencia de Servicios Financieros presentando la información que se lista a continuación con el fin de facilitar la verificación del cumplimiento de los requerimientos allí establecidos. Sólo los representantes inscriptos en el Registro estarán habilitados a ejercer en el país las funciones que le asignen sus representados, de conformidad con la documentación que los acredite.
Sin esta información no se puede procesar su solicitud de inscripción.
Se sugiere seguir los siguientes pasos:
1) Leer la lista de requerimientos con atención y completar la misma
2) Imprimir una copia para entregarla conjuntamente con la nota de solicitud, información adicional y formularios de acuerdo al formato establecido en la Comunicación 2010/203 (recordar que los formularios 4 y 5 se entregan en sobre cerrado).
3) Guardar una versión digital de la lista de requerimientos (en cd con extensión .pdf) y entregarla conjuntamente con la información física
Acceso a la lista de requerimientos