En atención a la emergencia sanitaria declarada como consecuencia de la aparición del coronavirus (COVID-19), el Banco Central del Uruguay (BCU) a través de la Superintendencia de Servicios Financieros (SSF) garantiza el adecuado funcionamiento de los servicios financieros en todo el país por constituir un servicio esencial para la sociedad y habilita a que las instituciones reduzcan sus servicios de atención al público presencial para dar cumplimiento con las medidas requeridas por el Poder Ejecutivo para limitar la propagación del virus. .
Los bancos podrán prestar servicios de atención presencial como mínimo durante cuatro horas en un tercio de las dependencias de cada uno de los departamentos. Del mismo modo, asegurarán la operatividad de las redes de los cajeros automáticos.
Asimismo, las instituciones financieras que dispongan el cierre de locales o reduzcan su horario de atención al público, deberán informar a sus clientes sobre los canales alternativos para la prestación de los servicios.
Finalmente, se exhorta a las instituciones a aplicar las medidas de prevención para minimizar los riesgos de sus colaboradores y clientes en los locales abiertos y que recomienden la utilización de canales digitales.